Queremos recordaros que el próximo día 30 de septiembre finaliza el plazo para solicitar la devolución de las cuotas soportadas de IVA de aquellas empresas y profesionales que, establecidos en el territorio de aplicación del Impuesto (Península e Islas Baleares), hayan soportado IVA durante el año anterior otro estado miembro de la Unión Europea.

La solicitud deberá realizarse mediante el modelo 360 y presentarlo por vía telemática antes de que finalice el plazo mencionado para lo cual será necesario disponer de certificado electrónico. Instrucciones y modelo aqui.

También utilizarán este formulario los empresarios o profesionales establecidos en las Islas Canarias, Ceuta o Melilla, para solicitar la devolución de las cuotas soportadas en el territorio de aplicación del impuesto.

Requisitos

No resultar en el Estado Miembro de devolución Sujeto Pasivo por inversión.

No haber realizado en el Estado de devolución operaciones distintas de:

  • Entregas de Bienes o Prestaciones de Servicios en las que se produzca inversión del sujeto pasivo.
  • Servicios de Transporte y sus servicios accesorios exentos por Art 21,23, 24 y 64.

No procede la presentación de la solicitud cuando el solicitante:

  • Haya realizado exclusivamente operaciones que no originan el derecho a la deducción.
  • Realice exclusivamente operaciones que tributen por los regímenes especiales de la agricultura, ganadería y pesca o del recargo de equivalencia.
  • No tenga la condición de empresario o profesional.

Para consultar el texto completo : B.O.E.