¿Has tenido suerte con las apuestas online? En teoría eso es bueno, pero Hacienda quiere llevarse su parte. Las ganancias de las apuestas online se consideran ganancias patrimoniales y hay que tributar por ello.

El cálculo por el que tienes que tributar es el neto que hayas ganado en computo total de todas las casas de apuestas, te pongo un ejemplo:

 

   BET 365 APUESTAS REALIZADAS 10.000
APUESTAS PREMIADAS 15.000
BENEFICIO NETO 5.000

 

   CODERE APUESTAS REALIZADAS 7.000
APUESTAS PREMIADAS 5.000
BENEFICIO NETO -2.000

Si hacemos el cálculo, hemos tenido un beneficio de 3.000€ que deben tributar en la declaración de la renta como ganancia patrimonial, ojo va a la base general y no la base del ahorro y por tanto, puede llegar a tributar al tipo máximo de IRPF, que depende de la comunidad puede ir entre un 43-45%.

La única manera de librarnos de tributar, es si has tenido menos de 1.000 euros de beneficio (Art. 96.2 de la Ley IRPF) en apuestas online y no tienes otros rendimientos. Por ejemplo:

póker
  • He ganado en mi trabajo 25.500 euros como rendimiento de trabajo y he tenido beneficios en apuestas por 800 euros, si tengo que declarar.
  • He ganado en mi trabajo 4.750 euros como rendimiento de trabajo y he tenido ganancias en las apuestas por 75 euros, si tengo que declarar.
  • No tengo trabajo ni he obtenido ningún rendimiento a excepción de las ganancias de apuestas por importe de 950 euros, no tengo que declarar.
  • No tengo trabajo ni he obtenido ningún rendimiento a excepción de las ganancias de apuestas por importe de 1.200 euros, si tengo que declarar.

Puedo afirmar que cada vez somos más los que realizamos apuestas y por ello la administración nos está echando el ojo ya que ven que puede ser una fuente de ingresos importante para las arcas públicas. Mi recomendación es que si estáis en esta situación afortunada de ganar dinero con las apuestas no cometáis el error de no declararlo, las casas de apuestas dan debida información a la Agencia Tributaria y si comprueban que no se ha incluido en la correspondiente declaración de la renta tienes muchas posibilidades que te llamen a la puerta,  bien con un requerimiento de Gestión Tributario o incluso en algunos casos directamente Inspección.

En caso de ser descubierto, aparte de abonar lo que te correspondía, pagarás una sanción que puede ir desde el 50% al 150% de la cuota defraudada. Tened en cuenta el lema de “JUGAR DE FORMA RESPONSABLE” y legal siguiendo la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego.

Francisco Solans

Francisco Solans

Responsable Área Fiscal - Contable