Acaban de publicarse una serie de ayudas para facilitar la incorporación y permanencia de trabajadores desempleados en el mercado ordinario de trabajo, mediante el establecimiento de incentivos a la contratación por cuenta ajena de trabajadores en el ámbito de la Comunidad de Madrid.

 

¿Cuáles son los incentivos para trabajadores desempleados?

 

Serán subvencionables las siguientes contrataciones en las cuantías que abajo se relacionan:

  • Contrataciones realizadas por empresas, entidades de carácter privado sin ánimo de lucro y autónomos con centro de trabajo o domicilio social y fiscal en la Comunidad de Madrid:
  • Contrato indefinido: Se subvencionará con un importe de 4.000 € cada contrato a tiempo completo.
  •  Contrato de duración determinada y contrato en prácticas: Se subvencionará con un importe de 1.500 € cada contrato a tiempo completo de duración igual o superior a 6 meses.
  • Conversión en indefinido de contratos de duración determinada y contrato en prácticas: Se subvencionará con un importe de 4.000 € cada conversión a contrato indefinido a tiempo completo

En los supuestos de contratación a tiempo parcial, el importe de la subvención se reducirá proporcionalmente en función de la jornada establecida

  • Las cuantías de las subvenciones indicadas en el apartado anterior para los contratos de duración determinada y contratos en prácticas, a tiempo completo se incrementarán en 500€ cuando sean realizados por empresas, entidades de carácter privado sin ánimo de lucro y autónomos con menos de 10 trabajadores contratados y centro de trabajo o domicilio social y fiscal en la Comunidad de Madrid.
  • Las cuantías de las subvenciones por contratación indefinida a tiempo completo y por conversión en indefinidos, a tiempo completo, de contratos de duración determinada y contratos en prácticas, previstas en el presente Acuerdo, se incrementarán en 1.000 € cuando sean realizados por empresas, entidades de carácter privado sin ánimo de lucro y autónomos con menos de 10 trabajadores contratados y centro de trabajo o domicilio social y fiscal en la Comunidad de Madrid.

Esta iniciativa forma parte del Plan de Empleo de la Comunidad de Madrid que incluye, además de ayudas directas a las empresas para la contratación, una batería de medidas para mejorar la intermediación laboral a través de las oficinas públicas de empleo; refuerzo de la formación de los desempleados y el desarrollo de un plan de emprendimiento que ayude a los madrileños a poner en marcha negocios facilitándoles para ello financiación y asesoramiento.

Para la tramitación de la solicitud, tanto presencial como a través de internet, acceda a la ficha de Gestiones y trámites Ayudas para concesión directa del Programa de Incentivos a la contratación por cuenta ajena de trabajadores desempleados. Si necesitas ayuda con los trámites o quieres que lo hagamos por ti, llámanos: 91 395 23 58,  o envíanos un email: info@ceriosrosas.com

Las subvenciones concedidas con anterioridad a la entrada en vigor de esta norma, podrán ser incrementadas con arreglo a las cuantías establecidas en el presente Acuerdo, previa solicitud, en el plazo de 10 días contados a partir de la entrada en vigor de este Acuerdo.

Los expedientes iniciados que no hayan sido resueltos deberán ser tramitados teniendo en cuenta la presente norma, previa ratificación de la solicitud por el interesado en el plazo de 10 días contados a partir de la entrada en vigor de este Acuerdo.

Requisitos:

 

– Requisitos generales de los beneficiarios:

1. Para acceder a las subvenciones reguladas en este Acuerdo, los beneficiarios de la subvención deberán hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

2. El centro de trabajo o el domicilio social y fiscal del beneficiario de la subvención deberá estar radicado en la Comunidad de Madrid.

3. No estar incurso en alguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario señaladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

– Requisitos generales de los trabajadores contratados:

1. Los trabajadores contratados deberán hallarse inscritos como personas desempleadas demandantes de empleo en las Oficinas de Empleo de la Comunidad de Madrid durante un período de, al menos, un mes ininterrumpido e inmediatamente anterior a su contratación, salvo en el supuesto de conversión de contrato de duración determinada o en prácticas en indefinido. La Administración comprobará de oficio el cumplimiento de este requisito.  Esta ayuda está enfocada especialmente para los mayores de 45 años.

 Estamos a vuestra disposición para resolver las dudas que puedan surgir al respecto. Si cumples los requisitos y quieres que presentemos la solicitud, cuanto antes mejor, el plazo termina el 31 de Octubre. La convocatoria sigue abierta En la Orden de 4 de Octubre se acuerda ampliar  en 18.000.000,00 de euros, el crédito disponible destinado a financiar la concesión directa de subvenciones del Programa de incentivos a la contratación indefinida, para el año 2021. En principio la convocatoria sigue abierta y sin plazo de finalización.

TRAMITAR:   BOCM  COMUNIDAD DE MADRID