“Si no te gusta estudiar, tienes que ponerte a trabajar, aunque te aseguro que si haces lo primero llegarás más lejos”. ¿Cuántas veces habremos escuchado eso? Desde luego, los tiempos cambian y las premisas evolucionan por diferentes vías. Está claro que el camino del éxito es difícil y no está asegurado para nadie, especialmente si cada vez se dan más casos de empresarios pirata que, en lugar de ofrecer contratos acordes a la formación y experiencia de los más jóvenes, optan por explotar al trabajador y convertirlo en un falso becario.

En eso los jóvenes somos los primeros afectados. Más de la mitad de los que se encuentran en edades comprendidas entre los 18 y los 35 años no tienen un empleo estable y el contrato indefinido se ha convertido con el tiempo en un término en desuso que ya no tiene el poder de antes, casi es un producto de lujo.

Es decir, hoy en día estar contratado de manera indefinida no te garantiza nada, pero es que muchas empresas ni siquiera se plantean implementar este tipo de acuerdos con los trabajadores.

Con el fin de erradicar esta pandemia académica, si nos permitís el uso de esta dichosa palabra, la Comunidad de Madrid ha puesto a disposición de empresas y autónomos un paquete de subvenciones para la contratación de jóvenes con contrato formativo, una medida con la que busca acabar con la discriminación que muchos están sufriendo por encontrarse en sus primeros años de carrera profesional.

REQUISITOS PARA PODER ACOGERSE A ESTAS PRESTACIONES

En el momento en el que se lleve a cabo la formalización del contrato formativo o de aprendizaje con las empresas interesadas, los jóvenes deben:

  1. Tener entre 16 y 24 años, ambos inclusive. No existe límite de edad si el contrato se concierta con personas con discapacidad o pertenecen a colectivos en situación de exclusión social.
  2. Debe tener residencia en la Comunidad de Madrid y poder acreditarlo.
     
  3. Estar inscrito como beneficiario del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.  

     

  4. Debe carecer de la cualificación profesional reconocida bajo la que se contrata para el puesto de trabajo. Es precisamente esto lo que justifica la existencia de este tipo de contrato, al contrario que el de prácticas, que sí exige tener conocimientos relacionados con el puesto a desempeñar.

Las partes contratantes que tienen la oportunidad de acogerse a estas ayudas son los trabajadores autónomos y las empresas o entidades de carácter privado sin ánimo de lucro.

Jovenes

¿CUÁL ES LA CUANTÍA?

Este quizá sea uno de los aspectos más interesantes de las nuevas ayudas, puesto que dependiendo de las circunstancias en lasque se encuentre el nuevo trabajador, la cantidad percibida por las empresas es distinta. Estos son los siguientes escenarios que tiene en cuenta la CAM para ofrecer la prestación:

  1. El incentivo base será de 940 euros para los seis primeros meses de duración de cada contrato de formación y aprendizaje.
  2. Si el contrato se formaliza con un joven que ha sido despedido a partir de la declaración del Estado de Alarma y con motivo de este, la cantidad percibida por las empresas será de 440 euros.  

     

  3. En el caso de que el “afortunado” o “afortunada” de formar parte de este nuevo plan del Gobierno regional pertenezca al colectivo de personas trans o se trate de una mujer, se incrementa en 500 euros. Es decir, la cantidad máxima a recibir será de 940 euros.

    ¿CUÁNDO Y CÓMO PRESENTAR LAS SOLICITUDES?

    Es importante destacar en este apartado que no se trata de un paquete de ayudas nuevo. Es decir, lleva vigente desde el pasado año y continúa abierto a la recepción de solicitudes porque sigue habiendo fondos para llevarlo a cabo, ya que es un programa cofinanciado por el Fondo Social Europeo y la Iniciativa de Empleo Juvenil, dentro del período de programación 2014-2020.

portátil

En cualquier caso, no hay que perder de vista dos factores importantes que quizá se nos puedan pasar en el momento de realizar la solicitud.

Por un lado, la edad, que ya mencionamos en el apartado de los requisitos. Por otro, que el plazo máximo de presentación de las solicitudes es de un mes desde la fecha de alta del trabajador en la Seguridad Social.

Para descargar la documentación y realizar la tramitación de esta solicitud, haz click en este enlace.

El resto de información podrás encontrarla en la página web de la Comunidad de Madrid. Además, en Compromiso Empresarial estamos a tu disposición para resolver cualquier duda que te pueda surgir respecto a estas nuevas prestaciones. Puedes contactar con nosotros a través de nuestro teléfono 91 078 39 91 o el e-mail blog@ceriosrosas.com.

Noelia Murillo

Noelia Murillo

Marketing